Compensaciones económicas en caso de despido injustificado

¿Cuánto le corresponde a un trabajador por indemnización en caso de despido injustificado?, es probablemente la pregunta más frecuente que los abogados laboralistas respondemos. Este breve artículo le aclarará esa duda.

El artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo dispone:

El trabajador podrá solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, a su elección, que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario.

Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese sido la acción intentada, a que se le paguen los salarios vencidos desde la fecha del despido hasta que se cumplimente el laudo.

Por lo tanto, en primer lugar, el trabajador que sea despedido injustificadamente, en caso de no optar por la reinstalación, tiene derecho a percibir el importe correspondiente a tres meses de su salario. Esta prestación es conocida como indemnización constitucional, ya que la misma está prevista desde el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Asimismo, el trabajador tiene derecho a percibir la prima de antigüedad prevista por el artículo 162 de la mencionada ley. Dicha prima consiste en el pago de doce días de salario por año laborado; sin embargo, es de hacerse notar que el salario máximo para el cálculo de la prima de antigüedad es el doble del salario mínimo vigente en la zona geográfica donde el trabajador presta sus labores.

Además de la indemnización constitucional y la prima de antigüedad, el trabajador tiene derecho a percibir las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo que se le adeuden.

Si le quedó alguna duda respecto de este tema, o tiene cualquier otra inquietud sobre sus derechos laborales, no dude en consultarnos.

 

Hay 5 comentarios para “Compensaciones económicas en caso de despido injustificado”

  1. Efrain dijo:

    Hola Ecelente su blog mi pregunta es la siguiente En este año cumplo 3 años laborando pero anterior mente no estabamos registrados el patron era persona fisica y no estavamos regitrados en el imss tambien el trabajo era medio informal posterior a eso se formalizo y se creo una s.a en agosto del año pasado se nos registro en el imss al parecer va aver reajuste por la recesion economica cuanto me si es que me corren ? cuanto es lo que me deverian de dar y cuanto es lo que puedo negociar con el patron es un trabajo que nos pagan comiciones sueldo base de 8 mil y por las comiciones se nos va hasta 13 mil catorcemil mensuales GRACIAS Y SALUDOS


  2. Efraín:

    Su liquidación quedaría comprendida de los siguientes conceptos:

    Indemnización constitucional (3 meses de salario, en el cual se considera el salario promedio mensual, que supondremos es de $13,000.00). Por tanto, su indemnización asciende a $39,000.00.

    Prima de antigüedad (12 días de salario por año laborado, topado al doble del mínimo, que en Nuevo León es de $53.26). Por tanto, su prima de antigüedad asciende a $3,834.72.

    Entre indemnización constitucional y prima de antigüedad, le deben pagar $42834.72. A la anterior cantidad habría que añadirle las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo que le adeuden.


  3. ouehii dijo:

    ETtHvz hfqjxqinmfmm, [url=http://gnlcjvkrydnt.com/]gnlcjvkrydnt[/url], [link=http://ztckqvrhxozl.com/]ztckqvrhxozl[/link], http://khsvcznrvusc.com/


  4. Victor Ibañez dijo:

    Por lo que he visto en varios foros, en un despido injustificado es de ley los 3 meses de salario mas los 12 dias por año, mas las partes proporcionales de aguinaldo y vacaciones ¿me equivoco?
    y es que me despidieron el 30 de septiembre del 2009 y 20 dias despues no me han entregado mi liquidacion por lo que necesito asesoria
    fecha de ingreso
    8-dic-2007
    fecha de salida
    30-sep-2009
    sueldo mensual 7500 pesos
    vacaciones de este año no tomadas
    y ninguna clase de prestacion extra salvo el imss, mismo que no se esta aportando segun el sueldo (las aportaciones son como si ganara el salario minimo)
    Mucho he de agradecer su asesoria.

    Saludos!!


  5. Guillermo Gomez dijo:

    Hola, yo tengo una escuela y debido a la economia hubo mucha desercion de alumnos por lo cual se tuvieron q fusionar grupos, a lo cual una maestra no espero el reacomodo de los grupos y ya no c presento ella argumenta que yo la despedi pero pues yo nunca mencione eso, de eso ya pasaron mas de 2 meses ella ganaba un promedio de 2000 al mes y estaba x comision tengo alguna obligacion o que procede en este caso


 

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